El Gobierno derogó la medida que permitía a las compañías de seguros de autos dejar de prestar el servicio de grúas en forma obligatoria a partir del 1° de julio. La Superintendencia de Seguros dejó sin efecto la normativa a través de la resolución sintetizada 269, publicada en el Boletín Oficial.

 

Con la resolución 269, las compañías de seguro de autos podrán volver a incluir los servicios de grúa, remolque y auxilio mecánico a sus clientes. Además, el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo incluidos en los contratos de seguros de automotor se aplican en caso de:

-Siniestro por daño (accidente),

-Incendio,

-Robo o hurto

-Desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos,

-Pinchaduras,

-Cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas,

-Falta de combustible

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