Secundarios ya pueden conformar sus centros de estudiantes

Se publicó en el Boletín Oficial que los estudiantes de los niveles secundario, de educación superior y modalidad adultos, sean de gestión estatal o privada, tienen derecho a constituir centros de estudiantes autónomos.
Según la ley, los centros tendrán como principios generales:
· Fomentar la formación de los estudiantes en los principios y prácticas democráticas, republicanas y federales, así como en el conocimiento y la defensa de los derechos humanos;
· Afianzar el derecho de todos los estudiantes a la libre expresión de sus ideas dentro del pluralismo que garantizan la Constitución Nacional y las leyes;
· Defender y asegurar el cumplimiento y pleno ejercicio de los derechos estudiantiles;
· Contribuir al cumplimiento de las garantías vinculadas al derecho de aprender y al reconocimiento de la educación como bien público y derecho social;
· Colaborar con la inserción de los estudiantes en su ámbito social orientada al desarrollo de acciones en beneficio del conjunto de la comunidad;
· Contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación y al logro de un clima institucional democrático que permita el mejor desarrollo de las actividades educativas;
· Promover la participación activa y responsable del alumnado en la problemática educativa;
· Gestionar ante las autoridades las demandas y necesidades de sus representados;
· Proponer y gestionar actividades tendientes a favorecer el ingreso, la permanencia y el egreso de sus representados.
Los centros de estudiantes elaborarán su propio estatuto en correspondencia con la legislación nacional y de cada jurisdicción, el que debe contener, al menos:
- Objetivos;
- Órganos de gobierno y cargos que lo componen;
- Funciones;
- Procedimientos para la elección por voto secreto, universal y obligatorio y renovación de autoridades;
- Implementación de instancias de deliberación en la toma de decisiones
- Previsión de órganos de fiscalización; y
- Representación de minorías.
Fuente: aries on line – boletin oficial salta
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