A través del decreto 765/2024, el Gobierno establece cambios significativos en cómo se concibe y regula la reproducción de obras en medios digitales, al tiempo que se alivian algunas cargas sobre los eventos privados.

 

Ahora se incluye a Internet como un nuevo “espacio público”, lo que implica que toda reproducción de obras en medios digitales, incluidas plataformas de streaming, necesitará la autorización expresa de los creadores y, en consecuencia, estará sujeta al pago de derechos de autor.

 

Por otra parte, los eventos que se desarrollen en ámbitos privados, como los salones de fiesta, ya no estarán obligados a abonar derechos a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic) por la reproducción de música. De esta manera, la medida aplica para salones de eventos, restaurantes, hoteles y bares.

 

La otra exención importante recae sobre las reproducciones con fines didácticos y en conmemoraciones patrióticas realizadas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado, donde no será necesario el pago de derechos de autor.

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