El Poder Ejecutivo Provincial emitió el Decreto N° 509/2023 por el cual rechazó el recurso de alzada presentado por Proyecto Norte SRL en contra de la Resolución Nº 1174/2022 del Ente Regulador.
De acuerdo al criterio del organismo de control, los emprendimientos urbanos privados emplazados en el área de San Lorenzo Chico deben desarrollar sus propios sistemas de tratamiento cloacal internos. Ello hasta tanto se terminen las obras de ampliación de la Planta Depuradora Sur que tienen más de un 20% de avance y que representan una inversión de más de 5.000 millones de pesos que aporta el Gobierno Nacional.
Casi 1.500 m3/h de líquidos cloacales se vierten por un by pass al Río Arenales por falta de capacidad de tratamiento de esa planta, que recibe más de 5.000 m3/h. Es por ello que el ENRESP prohibió la conexión de las cloacas a la onceava colectora a los efectos de proteger el medio ambiente.
Complementariamente, en junio de este año el Ente Regulador emitió una medida cautelar contemplando la prohibición de otras actividades industriales contaminantes.
El Ministerio Público, dada la expansión de los niveles de polución, ha creado la Unidad Fiscal Especial de la Cuenca de los ríos Arenales y Arias, y también el ENRESP, en conjunto con la Secretaría de Medio Ambiente, decidieron crear la Brigada de Control Ambiental para monitorear la calidad del agua y relevar los focos de contaminación.
Con lo resuelto, Proyecto Norte SRL, la empresa Aguas del Norte y el Barrio Jardines de San Lorenzo han quedado expuestos a denuncias por violación a la normativa ambiental dado que actualmente vierten los efluentes cloacales al Río Arenales y no han cesado en su conducta a pesar de las resoluciones dictadas por el ENRESP.

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